domingo, 19 de abril de 2015
Código y justicia militar

 

Federico PoncePor Federico PONCE ROJAS
La Justicia Militar en México tiene su origen en la Constitución vigente, que nos rige desde el 5 de febrero de 1917 y representa la respuesta del Estado mexicano a una garantía otorgada a la sociedad como limite y obligación para el Ejército, Fuerza Aérea y Armada.
El Código de Justicia Militar es un ordenamiento sustantivo y adjetivo y sujeta a las Fuerzas Armadas y solo a ellas, nunca a un civil, bajo circunstancia alguna. Los soldados y marinos mexicanos están sometidos a la jurisdicción militar y esto no constituye privilegio ninguno.
Los militares en cambio, si pueden ser sujetos de la justicia civil y en ocasiones concurrentemente de ambas.
La naturaleza, especialidad y autonomía del Derecho militar en nuestro país, se ha caracterizado a través de los años como la tutela jurídica de la disciplina, columna vertebral de todos los ejércitos del mundo.justicia militar
Las Fuerzas Armadas de nuestro país, cumplen con su mandato constitucional sustentando su actuación en este concepto de disciplina, misma que entienden como una exigencia estructural de su organización, lo que no los exime del respeto irrestricto a los derechos humanos, concepto que más allá de una concepción filosófica o literaria se encuentra claramente definida en leyes específicas: «La Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada».
La Justicia Militar avanza de manera ejemplar en el «Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio Oral», no podemos soslayar la oralidad presente desde siempre en los procesos penales castrenses, el grado de efectividad y el índice mínimo de impunidad.
En este sentido y procurando que el sistema judicial militar sea transparente, predecible, oportuno, veraz y confiable, congruente con este sistema se llevó a cabo la inauguración de las nuevas instalaciones de la Justicia Militar.