viernes, 4 de julio de 2014
El vicepresidente Amado Boudou, salvado por los suyos del juicio político


marta-nercellas11Por Marta NERCELLAS, para SudAméricaHoy (SAH)

La Comisión de juicio político de la Cámara de Diputados ha  bloqueado la posibilidad de iniciar el juicio político al Vicepresidente de la Argentina, Amado Boudou. Rechazó “in limine” todos los planteamientos realizados,  intentando, en sus deslucidas explicaciones,  confundir  juicio político con juicio criminal. Muchas voces se alzan respaldando  o denostando  esa decisión pero pocos  parecen saber de qué están  hablando.

El propio Mauricio Macri, jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, pretendiendo marcar diferencias entre su situación procesal y la del Vicepresidente, afirmó: «no es lo mismo quedarse con la máquina de hacer billetes que te armen una causa trucha (falsa) de una red de escuchas». Es cierto,  no es lo mismo. Pero parece olvidarse que él sí concurrió al Congreso local, contestó las preguntas que se le formularon y se sometió a la valoración de los legisladores que finalmente rechazaron abrirle el  juicio político. Y es eso, lo esencialmente diferente. Eso es lo que, en definitiva, se requiere de Boudou, que de explicaciones ante los legisladores conforme corresponde.

Por supuesto que la gravedad de una imputación y la de la otra resultan  sustancialmente diferentes. Pero no es esa intensidad la única razón que no permite que el oficialismo las  equipare. Por una u otra se debe rendir cuentas a quienes representan a la sociedad: el Congreso. El juicio político no necesita siquiera  de un delito y mucho menos de una sentencia por dicho ilícito. Lo que pone en juego es la ética, la  idoneidad, es tener integridad moral para ejercer un cargo. El mal desempeño es el centro de gravedad de la imputación y no sólo se desempeña mal quien delinque.

El artículo 60 de la Constitución Nacional dice:  “Su fallo no tendrá más efecto que destituir al acusado, y aun declararle incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo en la Nación. Pero la parte condenada quedará, no obstante, sujeta a acusación, juicio y castigo conforme a las leyes ante los tribunales ordinarios”. Esto indica que no se requiere que ya se haya dictado sentencia como parecen pretender los Diputados del oficialismo al decir que la causa está en trámite, y que por lo tanto Amado Boudou es inocente hasta que se demuestre lo contrario. El juicio político no pondrá en crisis el estado de inocencia del juicio penal, sus parámetros no  miden ese casillero.

«Tenemos un principio rector, que es el principio de inocencia – afirmó la jefa del bloque oficialista Frente para la Victoria, Juliana Di Tullio-. No nos gusta esta actitud de doble vara que esgrime la oposición, pues si mirara para atrás vería que tuvo y tiene legisladores y dirigentes que en algún momento fueron procesados.»

No es su trajinada inocencia lo que está en debate en este tema, sino si ha habido un mal desempeño en la función que pone en crisis su capacidad para seguir ejerciendo su cargo. Escudarse tras una inocencia desacreditada por el cúmulo de pruebas,  sin valorar que la suma de casualidades –a decir de Boudou–  se parecen bastante a causalidades y que por su  número y objetividad devastan su autoridad para sentarse en su banca para presidir el Senado, es confundir el objetivo del juicio político y querer asimilarlo a la causa penal que se está tramitando.

El vicepresidente de Argentina en ánima charla con el presidente de Taiwan en Panamá tras ser procesado

El vicepresidente de Argentina en ánima charla con el presidente de Taiwan en Panamá tras ser procesado

Tampoco se entiende que  pretendan con supuestas transgresiones ajenas ( los otros funcionarios procesados) justificar la propia . Esta, sí es una vara no doble sino lamentable.

No importa si la prueba alcanza siquiera para que se confirme el procesamiento que el Juez Federal, Ariel Lijo, le ha dictado por cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública por pretender adueñarse,  por medios espurios, de la imprenta Ciccone Calcográfica, según se afirma en esa resolución. Porque lo que importa es si se dan o no las razones para que deba transitar un juicio político.

Pero  ejercer la mayoría es argumento suficiente para decidir abusando de ellas sin que importen ni  las instituciones ni los ciudadanos.  En la Comisión de Juicio Político la proporción  de las fuerza replica lo que ocurre en las Cámaras, el Frente para la Victoria cuenta con 17 de los 31 miembros que la integran, con ese argumento ni siquiera hace falta simular tener razón.

Rechazan «in limine. Ni  análisis previo ni proceso informativo. Cuando se militariza el lenguaje y se acatan  las órdenes del patrón político sólo se necesita sumisión. Valor no  hace falta cuando se cuenta con la patota (banda) que los proteja de tener que exponer las razones por las qué actúan de esa manera. Inquieta la ingenuidad de la denominada oposición que creyó que al menos podría utilizar ese escenario para exponer sus críticas a lo hecho por el Vicepresidente.

«El mal desempeño es una cuestión política e institucional, independiente de la comisión de delitos penales (y, por tanto, de su verificación con una condena). La Cámara de Diputados no juzga cuestiones civiles o penales, sino cuestiones políticas o institucionales»,  afirmó con razón el jefe del  bloque radical Mario Negri. Sin embargo, no acierta en encontrar una salida a la reiterada trampa que le tiene el oficialismo imponiendo la violencia de su número.

Cristina y Boudou

La presidenta y el vicepresidente de Argentina

En nuestro país nunca un presidente o un vicepresidente tuvieron que hacer frente ni siquiera a la primera etapa de un juicio político. En los Estados Unidos, cuatro presidentes fueron sometidos al «impeachment». A John Tyler, en 1843, la Cámara de Diputados le abrió el procedimiento clausurándolo  luego; Andrew Johnson, en 1868, fue absuelto en el Senado; Richard Nixon, en 1974, renunció cuando el juicio fue puesto en marcha  y finalmente,  Bill Clinton en 1999, quien luego de haber sido acusado por perjurio  fue  absuelto en el Senado. Si la mentira acreditada fuera vista en nuestro País con idéntica rigurosidad,  Boudou estaría en serios problemas.

En el juicio político no se investiga la comisión de un delito o de una falta, lo que se evalúa es  la idoneidad ética para el «desempeño» de un cargo. Las excusas que utilizan para evitar iniciarlo acreditan holgadamente que saben que la ética requerida para ser Vicepresidente de la Nación, para reemplazar a la Presidente cuando sea necesario, para representar al país en el exterior o para presidir las sesiones del Senado, no es un valor que el protegido por la mayoría oficialista ostente.

Hablamos de responsabilidad política no de responsabilidad penal. Deberá acreditarse justamente en ese proceso si la conserva o la ha perdido o si tal vez nunca la tuvo. Se trata de un reproche moral, una evaluación acerca de si reúne o no la idoneidad republicana para ejercer el cargo que, por añadidura, es nada menos que la segunda Magistratura del País. 

Hay  quienes se preguntan si podría juzgárselo y destituírselo como Vicepresidente si las conductas reprochadas fueron ejecutadas cuando fue  Ministro del Poder Ejecutivo o tuvo a su cargo el ANSES. Los dubitativos parece que creen que la ética puede fragmentarse en períodos o cargos. ¿Convierte abstracta la acusación la circunstancia que ahora este ejerciendo otro cargo? La sola pregunta agravia. Ascendamos al corrupto para salvarlo de tener que responder por sus actos será entonces  la consigna.

El objeto del juicio político es – además de determinar  la permanencia o no del funcionario en un cargo-  decidir si una persona tiene  la idoneidad ética para ejercerlo y esa idoneidad ética no varía porque sea diferente la función o, en todo caso debe medirse con mayor rigor cuanto más importante ésta resulte.  

¿Alguien puede sostener que Boudou tiene  «el más alto estándar de rectitud» que es lo que la Corte ha entendido como requisito para  «el propósito institucional de preservar la confianza de la sociedad a la que sirven dentro de un orden republicano»? ( conforme lo dijo la Corte en la causa”Leiva» ). Si lo puede hacer sin ruborizarse ni cubrirse el rostro entonces la decisión de la comisión fue acertada.

No se trata de “castigar” a Boudou. Por eso no rigen las mismas normas que en el proceso penal . El propósito es proteger los intereses públicos contra la ofensa por el abuso de poder oficial, el descuido del deber o la conducta incompatible con la dignidad del cargo . Es por eso que este rechazo «in limine» no es sino una reafirmación del abuso de poder, del prepotente uso de las mayorías. Es decir la contracara exacta de lo que el juicio político defiende.

Sin necesidad que ninguno de los al menos seis procesos que tienen como imputado a Boudou avance más,   es obvio que carece  de las condiciones mínimas necesarias para ejercer una de las  más altas responsabilidades públicas. Requerir que  exista previamente una sentencia firme que lo condene, es afirmar que la ética carece de valor, que la idoneidad moral es un cartón que las mayorías pueden pintar con el color de la indiferencia.