viernes, 20 de mayo de 2016
Derechos humanos entre rejas

FedericoPor Federico PONCE ROJAS

En un mes entrará en vigor el nuevo sistema de «justicia penal adversarial» y el «Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) 2015″ que emite la CNDH como resultado de llevar a cabo la observancia del respeto de los derechos fundamentales dentro del sistema penitenciario del País; se refiere que los cinco centros carcelarios de la Ciudad de México no cuentan con condiciones de gobernabilidad, no hay suficientes custodios, los reos realizan funciones de autoridad y actividades ilícitas como extorsiones y sobornos.

Sobre el tema,  la Subsecretaría del Sistema Penitenciario destacó que en el diagnóstico 2015 los penales de la Ciudad de México ocupan el noveno lugar, mientras que en 2012 estaban en el 24.  Un avance importante, pero no suficiente para asegurar que los centros de reinserción social cumplan con su función principal: lograr que una persona que cumple su sentencia no vuelva a cometer un delito después de su liberación. 

Los problemas identificados por la CNDH se originan principalmente por la sobrepoblación de los Centros de Reclusión de la Ciudad de México. En números redondos existe una sobrepoblación de casí 13,000 personas, ya que su capacidad es para 23.947 y albergaban a 36.818 internos. Por lo tanto, el Gobierno de la CDMX trabaja para mejorar las condiciones de vida de los internos de tal manera que los mismos accedan a procesos de salud, trabajo, educación, y tratamiento contra las adicciones durante su internamiento y mejorar de manera integral el Sistema de la Legalidad. 

Por ello, las autoridades de la CDMX trabajan para que se alivie el sistema penitenciario sin dejar de asegurar que la persona que cometió un delito cumpla con la sanción que le impuso un juez y dedique su tiempo a la educación y el trabajo.

Por ejemplo, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó reformas al Código Penal del Distrito Federal que modifican el delito de robo simple, para que quienes cometan por primera vez ese delito de baja cuantía sean sancionados con penas sustitutivas en lugar de reclusión. Esto es relevante porque casi 80 por ciento de los internos en los reclusorios de la Ciudad de México, ya sean procesados o sentenciados, están ahí por el delito de robo a transeúnte, vehículo, a casa habitación o a negocio, de los cuales seis mil reos están recluidos por robos menores a seis mil pesos.

Adicionalmente, se promueve ante el Poder Judicial los sustitutos de prisión preventiva para delitos menores, se establecen unidades de medidas cautelares y el seguimiento a ejecución de sentencias. A través de sistemas tecnológicos se documenta y controla una evaluación de riesgo para decidir si una persona puede llevar su juicio fuera de la prisión, se prevé realizar visitas de supervisión a los domicilios, escuelas y fuentes de trabajo y documentarlas por medio de «tablets», así como realizar supervisión remota y entrevistas a distancia con el uso de sistemas de reconocimiento facial, la presentación semanal en quioscos con registro biométrico, y el monitoreo de las personas a traés de brazaletes y geolocalización. 

carcel

Así mismo, las autoridades penitenciarias refuerzan los centros de reinserción social con tecnologías que permiten mitigar los riesgos en materia de gobernabilidad, seguridad y corrupción a través de sistemas de videovigilancia, control de accesos, vigilancia perimetral, detección de objetos y sustancias prohibidas, inhibición de señal celular, y televisita. 

Estos esfuerzos pueden contribuir a lograr la reinserción social del «primodelincuente», a mitigar riesgos a la seguridad de los internos, al personal  y a las personas que visitan a los presos (familiares, amigos, abogados), y a construir un modelo en el que la educación y el trabajo durante su internamiento sea la bases para la restitución del daño a la víctima, la generación de un ingreso a su familia y la clave para evitar la reincidencia en el futuro.

Apostilla:

Policías no tienen derecho a sindicato ni a huelga: SCJN
 
La Suprema Corte resolvió que los empleados del sistema de administración y procuración de justicia en México no pueden formar sindicatos ni realizar huelgas ya que la relación su relación con el Estado es administrativa y no laboral. El pleno de ministros de la Suprema Corte resolvió que los empleados del sistema de administración y procuración de justicia en México, que incluye a policías, personal ministerial, e incluso militares, no pueden formar sindicatos ni realizar huelgas.