sábado, 11 de noviembre de 2017
Medio ambiente, ley, derechos y libertades


«El Derecho ambiental Nos impone el deber de cuidar al medio ambiente y valorar la vida“.
Por Federico PONCE ROJAS, para SudAméricaHoy 

No hay duda de que en México pasamos por una importante crisis de deterioro ambiental y de Estado de Derecho. Es del dominio general que el problema de la pérdida de nuestros recursos naturales tiene un alcance global. México ha avanzado en la transformación de las reglas de actuación de las instituciones a las que se les ha encomendado la tarea de procurar justicia ambiental. Existen numerosas evidencias del cambio jurídico y cultural que empuja hacia un sistema de justicia más respetuoso de los derechos humanos. Entre los ejemplos más notables de este cambio, destacan la incorporación del principio de presunción de inocencia que constituye hoy la piedra angular del nuevo sistema de justicia mexicano, así como del derecho humano a un medio ambiente sano de toda persona.
El rechazo a la presunción de culpabilidad de una empresa que se ve sujeta a una investigación de la autoridad, aún cuando se trate de una infracción o delito de naturaleza ambiental, y lo plausible del principio opuesto a ello, la presunción de inocencia, se ha arraigado en nuestra sociedad en los últimos años. Los mexicanos y quienes estamos a favor del desarrollo económico sustentable del país, exigimos a las dependencias públicas hacer cumplir las leyes, al mismo tiempo que rechazamos los actos arbitrarios de autoridad. Aún y cuando tengan como noble objetivo proteger el entorno ecológico. Se trata entonces de que la procuración de justicia ambiental se lleve a cabo de manera equilibrada entre la tutela de los derechos ambientales, y los derechos de las empresas sujetas a la actuación de las autoridades.
La discusión de la presunción de inocencia se han limitado por lo general al ámbito de la actuación del Ministerio Público, dejando fuera a otras instituciones que realizan importantes investigaciones e imponen sanciones en el ámbito administrativo, como es el caso de la protección del medio ambiente. No hay duda de la importancia de que nuestro país cuente con instituciones como la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), pero es necesario exigir a esta institución actuar con apego a la Constitución y con respeto a los derechos de los inspeccionados.
Por ello es que nos parece importante difundir y llamar la atención de nuestros lectores respecto a una propuesta que esta institución ha llevado al Congreso de la Unión, para elevar su actuación a la altura de las grandes reformas constitucionales, a las demandas de los ciudadanos, así como de las exigencias de las empresas inspeccionadas. Lo que la PROFEPA ha propuesto al Congreso de la Unión es ser la primera institución administrativa en contar con un procedimiento que garantice el respeto de los derechos humanos, el debido proceso y la presunción de inocencia del inspeccionado, sea éste una empresa o un ciudadano.

Destaca en esta reforma la contundencia con la que se propone incorporar el principio de presunción de inocencia a las reglas de actuación de la autoridad ambiental. La PROFEPA se ha planteado actuar con el mayor estándar de respeto de los derechos fundamentales de las empresas y personas inspeccionadas, al mismo tiempo que deberá atender las peticiones y denuncias de los ciudadanos. No es frecuente ver una propuesta de esta naturaleza proveniente de la autoridad pública.
El Senado de la República aprobó por unanimidad la iniciativa de reforma al Título Sexto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), en el que se regula el nuevo procedimiento administrativo de inspección ambiental federal. Se trata de las nuevas reglas de actuación de la PROFEPA, bajo un procedimiento de inspección unificado aplicable a todas las materias ambientales. Legisladores y la PROFEPA tienen acuerdo en este importante propósito. La reforma fue ya turnada a la Cámara de Diputados y actualmente se encuentra en estudio en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que preside el diputado Arturo Álvarez Angli del PVEM.
De aprobarse esta importante reforma, la PROFEPA se constituiría como la primera institución administrativa en garantizar, a través de sus reglas de operación, el respeto de los derechos humanos, y elevar su actuación a los más altos estándares constitucionales y de debido proceso, lo que resulta encomiable.
Fue el Pleno de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien hizo aplicable la presunción de inocencia no solo al sistema penal, a la policía, al Ministerio Público y a los jueces penales, sino también a todas las instituciones administrativas que llevan a cabo actos sancionatorios en contra de empresas y ciudadanos, como lo hace la PROFEPA. En 2014, la Corte publicó la jurisprudencia titulada: PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. ESTE PRINCIPIO ES APLICABLE AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, CON MATICES O MODULACIONES.
La reforma aprobada por el Senado resulta consistente con el criterio de la Corte, al reconocer que la PROFEPA, al sustanciar los procedimientos de inspección y vigilancia ambiental, debe actuar respetando la presunción de inocencia del inspeccionado hasta en tanto no sea concedido a éste el derecho de audiencia, se hayan recibido sus alegatos, se valoren las pruebas que ofrezca y la autoridad emita la resolución que será revisable por los Tribunales.
Esta reforma permitirá atender con responsabilidad los reclamos sociales de protección ambiental, tutelando los derechos y garantías fundamentales de los inspeccionados. Los legisladores tienen otra asignatura pendiente más: “la responsabilidad de aportar las herramientas necesarias para afrontar la crisis de deterioro ambiental y del Estado de Derecho.”