martes, 8 de octubre de 2019
«Tiempo de derechos», por Federico PONCE ROJAS

La democracia es la sociedad de los ciudadanos y los súbditos se convierten en ciudadanos cuando se les reconoce algunos derechos fundamentales; habrá una paz estable, una paz que no tenga la guerra como alternativa, sólo cuando seamos ciudadanos no ya solamente de este o aquel Estado, sino del mundo”.

Norberto Bobbio

Por Federico PONCE ROJAS, para SudAméricaHoy

Oportuna y precisa la presentación de Mario Álvarez Ledezma en la escuela Libre de Derecho de la Cuarta edición de su libro “Introducción al Derecho”.  Me refiero a lo anterior porque dicho texto es de alguna manera obligatorio para todos aquellos estudiantes que inician el aprendizaje de la apasionante ciencia del derecho, ya que, normalmente es lo primero que se imparte en escuelas y facultades de esta materia y que se reconoce como un conjunto de conocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional de los hechos o fenómenos sociales que tiene implicaciones jurídicas o de las operaciones generales, por esos mismos hechos los cuales constituyen sus objetos o campos de estudio.

A partir del estudio de esta materia los estudiantes ratificarán o desistirán el deseo de continuar con sus estudios y entenderán de manera clara y positiva que como escribe el doctor Álvarez Ledesma en su magnífica obra: “Sigo creyendo, más todavía que la educación es la única vía para hacernos mejores e incluso para tener acceso al desarrollo de virtudes morales y que el desarrollo sigue siendo un instrumento extraordinario, una de las grandes invenciones humanas y la única a través de la cual puede alcanzarse la justicia, justo por la miríada de razones que doy en este libro”.

El manejo que hace Álvarez Ledesma como razón capital para seguir procurando la justicia, precisa la adopción que hace del concepto del profesor Roberto Cippitani en el prólogo, sobre el doble estándar valorativo del derecho, es, a su vez, la duplicada exigencia que los sistemas jurídicos imponen a sus normas para ser motejadas de justas; ningún otro sistema normativo conlleva tan alto nivel de exigencia para calificar y determinar su corrección.  El derecho, sí.  Es por todo lo anterior que sigo pensando también, con más fuerza que hace 25 años, que Marco Tulio Cicerón tenia cabal razón: “La justicia es reina y señora de todas las virtudes”.

En momentos en que la ciencia del derecho está sumamente convulsionada tanto por acontecimientos internacionales tales como el terrorismo o el fanatismo religioso en las que la permisividad secular obliga a niñas de escasa edad a prostituirse con el pretexto de la aplicación de una ley contraria a cualquier sentido del derecho y la justicia; bajo la fachada de un aparente matrimonio para que niñas de 9 años puedan contraerlo, ley dejada en manos de los clérigos de Irak, como en lo nacional, con la inaplicación de la norma observamos cotidianamente como la violencia se apodera de calles, hogares y negocios sin piedad ante la mirada impasible de las autoridades que abdican a la obligación del uso legítimo de la fuerza, autoridades judiciales que privilegian la influencia y el amiguismo apartándose vulgarmente de las normas que rigen los procedimientos jurídicos.

Apasionante el manejo que encontrarán quienes se adentren en este libro sobre aspectos actualizados al mundo de hoy como el derecho y la moral, la teoría de la justicia, la obediencia del derecho, etc.

Fallan los hombres y no las normas jurídicas.  La armonía y la paz nos han sido robadas por la violencia, la corrupción y la impunidad.  La aplicación caprichosa y voluntariosa de las leyes en perjuicio de unos y en beneficio de otros, deja a la sociedad en general en un completo estado de indefensión.

La reciente renuncia del Ministro Medina Mora acusa desde luego falta de transparencia y fundamento ¿Quien califica o como se califican las causas graves para tal dimisión?.  Denuncias publicadas acerca de un enriquecimiento ilícito con monedas y tipo de cambio confusas que extravían paridades cambiarias y que al momento de escribir estas líneas no se adecuan a lo establecido por el artículo 19 Constitucional.

¿Razones políticas o jurídicas, cuales realmente fueron los motivos de la dimisión?