lunes, 27 de julio de 2015
Ser sicario en Perú ya no es un negocio
Foto de sicario difundida en México por el Blog del Narco

Foto de sicario difundida en México por el Blog del Narco

Ignacio PeralesPor Ignacio PERALES, paraSudAméricaHoy

Los hay de todas las edades, jóvenes, chicos y adultos. Por un puñado de dólares acaban con la vida de otros. El narcotráfico suele estar de telón de fondo o, dicho de otro modo, forma la industria más rentable para el sostenimiento de estos asesinos a sueldo. Los prefieren menores de edad para que el delito quede impune pero hay de todo.

A partir de ahora, estos «trabajos» no serán gratis para los criminales que atrapé la justicia. Perú aprobó una ley que sanciona el sicariato con penas entre 25 años de prisión y cadena perpetua. Asimismo, dio luz verde a publicación de recompensas para atrapar a criminales e incorporó una legislación nueva para regular el procedimiento de geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos.
Mediante decreto legislativo el Ejecutivo introdujo el delito de sicariato dentro del artículo 108 del código pena. El documento define el delito de sicariato como «el que mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole».
Las penas por sicariato irán acompañados de una inhabilitación para portar armas de fuego y la incapacidad definitiva para renovar u obtener la licencia de armas de fuego en caso de sentencia por delito doloso o cometido bajo la influencia del alcohol o las drogas.
La cadena perpetúa se aplicará para quienes utilicen menores de edad en una acción de sicariato o a cualquier otro sujeto sin capacidad para ser imputado por el mismo delito.
También se dictará cadena perpetúa si al cometer el delito de sicariato se incurre en los delitos de parricidio, feminicidio o infanticidio, se utilizan armas de guerra, participan dos o más personas o hay dos o más víctimas.
La norma también contempla entre ocho y quince años de prisión para los delitos de conspiración u ofrecimiento para acciones de sicariato.
El decreto legislativo prohíbe que los condenados por este delito y conspiración u ofrecimiento para acciones de sicariato puedan recibir beneficios penitenciarios como la semilibertad o la libertad condicional.
Un segundo decreto legislativo -informa Efe- emitido por el Gobierno peruano regula el acceso de la Policía Nacional a la localización o geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos para ubicar a presuntos delincuentes.
El documento establece que el acceso a esos datos se realizará únicamente cuando el sujeto incurra en un delito flagrante, cuando la persona sea investigada por un delito con una pena superior a los cuatro años de prisión o cuando el acceso a los datos constituya un medio necesario para la investigación.
Un tercer decreto legislativo regula las recompensas a ciudadanos que brinden información oportuna e idónea para buscar y capturar a miembros de una organización criminal o de organizaciones terroristas, así como a otros presuntos delincuentes.
La norma traslada a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) la creación de sendas comisiones evaluadoras de recompensas para el terrorismo y la criminalidad.
El Gobierno peruano promulgó los decretos legislativos al amparo de las facultades legislativas otorgadas en junio por el Congreso para que durante noventa días apruebe normas en materia del fortalecimiento de la seguridad ciudadana y lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.