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Discurso de Gabriel Boric
Lisboa, 7 ago (EFE).- El jefe del Estado portugués, Aníbal Cavaco Silva, envió hoy al Tribunal Constitucional la nueva ley sobre la regulación de las escuchas, después de que varios partidos dudasen de su constitucionalidad durante su trámite en la Asamblea.
La ley fue aprobada por los dos partidos conservadores del Gobierno -socialdemócratas y democristianos- y por los socialistas, mientras que fue rechaza por el resto de formaciones de la oposición, donde figuran Comunistas, Izquierda marxista y Verdes.
El punto más polémico de la norma es el que permite a los servicios de informaciones, hasta ahora vetados, el acceso a los denominados «meta-datos», los datos de telecomunicaciones y de localización de los ciudadanos que intervienen en las llamadas telefónicas.
Cavaco Silva matizó que «no se cuestiona el mérito y la necesidad de este régimen, en especial en el contexto de las amenazas a la seguridad creadas por el terrorismo trasnacional», pero es importante saber si la norma respeta la Constitución.
En concreto, la ley podría entrar en conflicto con el artículo 34 de la Carta Magna, que proclama que «está prohibida toda la intromisión de las autoridades públicas en la correspondencia, en las telecomunicaciones y en los demás medios de comunicación, salvo los casos previstos en la ley en materia de proceso criminal».
La legislación vigente en Portugal sólo permite que las escuchas sean realizadas por los diferentes órganos policiales, siempre bajo autorización de un juez, y en las instalaciones de la Policía Judicial, pero no por los servicios de inteligencia.
La nueva ley sobre los servicios de información se suma a otras medidas que Cavaco Silva envió al Constitucional en los últimos años y que, en algunos casos, fueron anuladas por el órgano judicial.
Durante esta legislatura, el Constitucional tumbó varias medidas de ahorro equivalentes a cientos de millones de euros, entre ellas varias normas que facilitaban el despido y recortes a funcionarios y pensionistas.
El presidente de la República tiene la capacidad de veto «absoluto» de las leyes elaboradas por el Ejecutivo y «relativo» de las normas aprobadas en la Asamblea.