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Discurso de Gabriel Boric
Santiago de Chile, 14 oct (EFE).- Un juez chileno condenó hoy a penas de prisión a un total de 62 exagentes de la dictadura de Augusto Pinochet por el secuestro calificado (desaparición) en 1974 de Teobaldo Tello Garrido, un fotógrafo de 25 años, opositor al régimen, informaron hoy fuentes judiciales.
En su resolución, el juez especial Hernán Crisosto, de la Corte de Apelaciones de Santiago, sentenció a trece años de prisión, como autores del delito, a los generales retirados César Manríquez Bravo y Raúol Iturriaga Neumann y a los brigadieres Pedro Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko, miembros de la cúpula de la DINA, la policía secreta de Augusto Pinochet.
Otros 31 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), tres de ellos mujeres, fueron condenados a diez años de prisión, también como autores, mientras 26 más deberán cumplir cuatro años de cárcel en condición de cómplices y uno fue sentenciado a 541 días de presidio, que podrá cumplir en libertad condicional.
Absueltos al no comprobarse su participación quedaron otros nueve antiguos integrantes del organismo represor, indicaron las fuentes.
Teobaldo Tello Garrido, un fotógrafo de 25 años e integrante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en la vía pública por agentes de la DINA el 22 de agosto de 1974 y llevado, según testimonios de supervivientes, al centro de torturas «Ollagüe» situado en el sector santiaguino de Ñuñoa.
Posteriormente se le vio en los recintos de detención «Villa Grimaldi», y «Cuatro Álamos», en los que bajo tortura le fueron fracturados brazos y piernas, hasta septiembre de 1974, cuando se perdió su rastro.
El año siguiente, su nombre apareció incluido en la llamada «Operación Colombo», un montaje con que la dictadura trató de encubrir la desaparición de 119 prisioneros políticos, con la colaboración de las dictaduras de Argentina y Brasil.
En esos países, se publicaron por única vez los periódicos «Lea» y «O Novo Dia», en los que aparecieron los nombres de los 119 con la afirmación de que habían muerto en purgas internas del MIR, grupo que ejerció la resistencia armada contra la dictadura.
La prensa chilena de la época se hizo eco de las publicaciones bajo el titular «Exterminados como ratas» y otros similares.
En la parte civil del proceso, el juez Hernán Crisosto condenó al Estado de Chile y al sentenciado Espinoza Bravo a pagar solidariamente una indemnización de ochenta millones de pesos a la esposa de la víctima.