viernes, 6 de noviembre de 2015
Exigen dictámen que promueva la transmisión en abierto de partidos de Uruguay

Montevideo, 6 nov (EFE).- Tres organizaciones sociales de Uruguay exigen que se «dicte una resolución» por parte del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDDHH), que inste a transmitir en abierto los partidos de la selección de fútbol ante Ecuador y Chile de las eliminatorias de clasificación al Mundial de Rusia 2018.
El pasado octubre, dichas agrupaciones encabezadas por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo), introdujeron una petición ante el INDDHH -Defensoría del Pueblo-, que pedía el cumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), que dispone la emisión en abierto de los partidos de la Celeste.
Asimismo, la LSCA, que se aprobó en diciembre de 2014 en el Senado y fue promulgada el 29 de ese mes por el Ejecutivo, establece que mientras no se constituya el Consejo de Comunicación Audiovisual, el órgano encargado de tomar acciones en el tema es el INDDHH.
Esta ley no se cumplió en los encuentros que Uruguay disputó ante Bolivia, en La Paz, y Colombia, en Montevideo, en las primeras dos fechas de la eliminatoria.
Martín Pratts, presidente de Cainfo, dijo a Efe que hasta la fecha «no han tenido novedades» sobre el caso y que el INDDHH «tiene que dictar una resolución» antes de los próximos encuentros de la selección uruguaya de fútbol en Quito y Montevideo respectivamente.
«Este es un tema que demuestra la necesidad de que se reglamente la ley y se constituya Consejo de Comunicación Audiovisual», expresó Pratts.
Actualmente, los derechos de transmisión de todos los encuentros de la Celeste los posee el canal de televisión VTV junto a la productora Tenfield.
En ese sentido, Pratts resaltó que estas empresas también introdujeron un escrito ante el INDDHH en el que manifiestan su posición en este tema, y entre los principales argumentos del mismo destaca que la ley aun no ha sido reglamentada.
En ese contexto, Juan Alfonso Faroppa, presidente del INDDHH, informó, en declaraciones a Efe, que «se está trabajando en la resolución final» y que en los próximos días se estará dando a conocer.
Del mismo modo, remarcó que la institución «no tiene facultades para imponer sanciones» por tratarse de un organismo público que solo rige las denuncias que reciben de este sector, mientras que para la empresa privada solo brindan recomendaciones.
«Es una situación muy compleja desde el punto de vista jurídico. En este caso nosotros hacemos recomendaciones que se basan en la buena fe de quien recibe», opinó Faroppa.
El artículo 38 de LCSA establece el derecho a los uruguayos de poder ver en abierto y de forma gratuita los partidos de su selección de fútbol y de baloncesto en etapas definitorias y clasificatorias de torneos internacionales.
Las otras dos organizaciones que se suman a esta exigencia son el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur) y la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU).