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Discurso de Gabriel Boric
Por Christian Alberto CAO, para SudAmericaHoy (SAH)
El paquete de leyes aprobado hace semanas por el Congreso de la Nación y a instancias del Poder Ejecutivo nacional -calificado como “democratización del Poder Judicial”– ha comenzado a recibir los primeros cuestionamientos en el ámbito de la justicia. Estos ya se habían producido, casi unánimemente, por la comunidad académica y científica y las asociaciones de profesionales de la abogacía. Aún así, el Gobierno decidió avanzar haciendo valer su mayoría parlamentaria propia.
Dentro de este conjunto de normas, tres han sido las más cuestionadas.
La primera de ellas es la que ha creado una tercera instancia de apelación (Cámara de Casación) que inevitablemente demorará aún más el largo trámite de las demandas judiciales. Jubilados, trabajadores y usuarios y consumidores serían los más perjudicados.
La segunda es la modificación de la composición del Consejo de la Magistratura de la Nación, órgano constitucional encargado de seleccionar la terna de candidatos a jueces, y de sustanciar los juicios políticos para su eventual remoción. Esto ha alterado el equilibrio dispuesto por la Constitución nacional y transformado la forma de elección de sus miembros.
La tercera de las leyes cuestionadas es la que limita el derecho de ser amparado efectivamente (en los procesos judiciales, tutelado cautelarmente) por los jueces, frente a actos del Estado lesivos de los intereses de las personas.
La semana pasada dos jueces federales de primera instancia -con sedes en la ciudad de Mar del Plata y San Nicolás respectivamente- han declarado la inconstitucionalidad de esa nueva ley que limita el derecho de las personas a la protección judicial efectiva por los jueces frente a actos del Estado. Por otra parte y en la Capital Federal, tribunales de segunda instancia ya se encuentran considerando impugnaciones presentadas por organizaciones civiles, asociaciones de magistrados, colegios profesionales y abogados particulares. Además, la Corte Suprema de Justicia de la Nación también ya tiene en estudio el pedido de declaración de inconstitucionalidad de esta norma.
Los dos magistrados de primera instancia ordenaron suspender la nueva conformación del Consejo de la Magistratura y la forma de elegir a sus miembros (mediante postulaciones electorales obligatoriamente enroladas en partidos políticos de exclusivo alcance nacional), a pocos días de la puesta en funcionamiento del proceso para la realización de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) para la designación de candidatos partidarios.
Las peticiones han sido instadas por colegios de abogados y sus federaciones, lo que da cuenta de la falta de consenso de estas leyes en el ámbito profesional.
Si bien estos pronunciamientos pueden ser apelados por el Gobierno -y todo parece indicar que así será-, lo concreto es que han puesto en crisis la constitucionalidad de esas normas y el método de articulación de las reformas, hasta hace poco tiempo mayoritariamente avaladas por la ciudadanía.
Como en todo caso de conflicto judicial, la Corte Suprema de Justicia la Nación, último intérprete de las normas en el sistema argentino, tendrá la palabra final. Pero en esta oportunidad, el tiempo no juega a su favor.
Christian Alberto CAO es Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires.